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Si usted ha recibido reembolsos dentro de los primeros 90 días después de radicar un caso de bancarrota, puede estar seguro de que el deudor o el síndico tratarán de recuperarlos. Pero en muchos casos podemos defender esta acción exitosamente. Con la nueva Ley de Bancarrota es mucho más difícil para el Síndico o el Deudor recuperar estos reembolsos. Los casos más pequeños han sido eliminados por completo y los casos medianos deben ser llevados a la corte de su ciudad específica, no a una lejana corte en Delaware, Nueva York ni a otro tribunal de bancarrota que se incline más a favor del deudor.
Conocemos bien este proceso y sabemos cómo ayudarle a eludir ese molesto e indignante insulto al agravio de no querer pagar sus justos reclamos comerciales.